Eliminación de medidas antidumping de calzado deportivo importados desde China.
El Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 531/2026, dispuso la exclusión del calzado de deporte desmontado (kits para armar) de las medidas antidumping que rigen para las importaciones provenientes de la República Popular China.
La exclusión aplica específicamente al "calzado de deporte presentado desmontado o sin montar, con suela y/o parte superior distintas del cuero natural".
La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinó que la industria local presenta una brecha tecnológica en el segmento de alta performance. El ensamblado local a partir de estos kits permite a las empresas nacionales mantener niveles de empleo y ofrecer productos con tecnologías que no se fabrican íntegramente en el país.
La medida se alinea con la política reciente de reducción de aranceles de importación para este tipo de productos, eliminando contradicciones regulatorias que afectaban el precio final de bienes masivos.
Esta resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, permitiendo a los productores locales optimizar sus esquemas de integración productiva y mejorar la competitividad del sector.




