Nueva Declaración de Origen Digital: Facilitación clave para exportar a la Unión Europea
A partir del 1 de mayo de 2026, entra en vigencia un nuevo procedimiento que simplifica de manera drástica la acreditación de origen para las mercaderías argentinas con destino a la Unión Europea (UE). Mediante la Disposición 1/2026, el Gobierno Nacional implementa la Declaración de Origen digital, eliminando costos y tiempos de gestión innecesarios.
La normativa establece que los exportadores nacionales ya no dependerán exclusivamente de certificados tradicionales emitidos por terceros para beneficiarse de aranceles preferenciales. Ahora, podrán emitir una Declaración de Origen con carácter de declaración jurada, vinculada directamente a su factura comercial.
Para garantizar la agilidad y seguridad del proceso, el trámite se realizará íntegramente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). La declaración deberá contar con firma digital o electrónica, lo que le otorga plena validez legal bajo la Ley N° 25.506.
- Exclusivo para exportaciones de Argentina hacia la Unión Europea en el marco del Acuerdo Interino de Comercio (Ley N° 27.800).
- La Declaración de Origen tendrá una vigencia de 12 meses desde su emisión.
* Archivo y Custodia: Las empresas están obligadas a conservar toda la documentación de respaldo (registros contables, pruebas de procesos productivos, etc.) por un periodo de 3 años.
* Responsabilidad: Al ser una declaración jurada, la responsabilidad sobre la veracidad de los datos es exclusiva del exportador.
La medida es estricta respecto al cumplimiento. En caso de detectarse infracciones (incumplimiento de origen o falsedad de datos), las sanciones pueden variar desde:
* Suspensión de hasta 18 meses para emitir nuevas declaraciones.
* Inhabilitación de hasta 5 años en casos de reincidencia o actuación fraudulenta.




