SENASA Levanta la Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar y Presenta Nuevo Plan de Contingencia Nacional

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha dictado la Resolución 466/2025, una medida crucial que levanta el estado de emergencia sanitaria por Influenza Aviar (IA) en todo el territorio argentino, vigente desde febrero de 2023. Esta decisión se toma al considerar que las condiciones epidemiológicas a nivel nacional se han normalizado.

Sin embargo, la resolución no implica una relajación en las medidas, sino una transición a una etapa de vigilancia epidemiológica activa y un detallado Plan de Contingencia para la Influenza Aviar de tipo A (H5 o H7), que actualiza y define nuevas acciones ante futuras sospechas o brotes.

Puntos Clave del Nuevo Marco Regulatorio:
Fin de la Emergencia: Se da por finalizado el estado de emergencia sanitaria declarado por la Resolución N° 147/2023, debido a la normalización de las condiciones epidemiológicas.

Nuevo Plan de Contingencia Nacional: Se aprueba un robusto Plan de Contingencia para la Influenza Aviar de tipo A (H5/H7), aplicable ante cualquier sospecha o confirmación de brotes en el país.

Definiciones Actualizadas: La resolución incluye un glosario detallado de definiciones técnicas (Área de Prevención, Aves de Corral/Traspatio/Silvestres, Biocontención, Bioseguridad, Brote, Sacrificio Sanitario, Zona de Control Sanitario - ZCS, etc.), alineadas con estándares internacionales como los de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

Acciones ante Sospecha de IA: Ante la sospecha de IA (signos clínicos, alta mortandad, nexo epidemiológico o resultados de laboratorio), el SENASA interdictará el predio y realizará la toma y análisis de muestras. Si se descarta la sospecha, la interdicción se levanta.

Procedimiento de Confirmación de Casos: Se establecen protocolos claros para la confirmación de la enfermedad, incluyendo pruebas moleculares (RT-PCR) y serológicas, y la necesidad de segundas pruebas en casos específicos.

Medidas ante un Brote Confirmado:

Comunicación Oficial: El SENASA comunicará el brote a la OMSA y a socios comerciales, y suspenderá la certificación de mercaderías aviares de riesgo para mercados con restricciones explícitas.

Responsabilidad del Titular: El titular del establecimiento será responsable del sacrificio sanitario (eliminación de todas las aves afectadas o expuestas), la eliminación segura de animales y subproductos, y la limpieza y desinfección de las instalaciones, bajo supervisión del SENASA.

Plantas de Incubación: Se evaluarán los huevos y aves de un día de predios positivos para determinar acciones según el nivel de riesgo.

Zonas de Control Sanitario (ZCS): Se definen estrictas medidas de biocontención, bioseguridad, vigilancia y control de movimientos dentro de las ZCS (Zona de Perifoco de 3km y Zona de Vigilancia de 7km) alrededor de un brote. Esto incluye la prohibición de ciertas actividades recreativas y la obligatoriedad de rastrillajes y vigilancia clínica/serológica.

Levantamiento de Interdicciones y Restitución de Estatus: Se establecen los plazos y condiciones para el cierre de brotes, el levantamiento de interdicciones de predios (mínimo 28 días de vacío sanitario) y la restitución del estatus de "Zona Libre" y, finalmente, "País Libre de IAAP H5/H7", asegurando una recuperación controlada.

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